El Gobierno anunció un nuevo plan de alivio fiscal para micro, pequeñas y medianas empresas como parte del paquete de medidas económicas impulsadas tras conocerse la inflación de abril que alcanzó el 8,4%.
El beneficio, que contempla una tasa de interés máxima de 5,91%, para pymes está destinado a cancelar obligaciones tributarias y de los recursos de la seguridad social vencidos hasta el 30 de abril, por medio de facilidades de pago y con proceso judicial vigente. Aunque no incluye ningún acuerdo previo que se esté abonando ni los vencimientos de impuestos a las Ganancias y Bienes Personales -de personas humanas y sociedades- correspondientes a diciembre de 2022.
El stock de deuda a regularizar se estima que alcanza los $456.063 millones.
La medida favorece a 656.121 contribuyentes, de los cuales el 48,1% son Micro y Pequeñas Empresas, el 11,5% son Medianas Tramo I y el 31,2% son Pequeños Contribuyentes y Monotributistas.
Desde Economía estiman que, a nivel de deuda, el 54,6% se acumula en este segmento.
Con respecto al tributo que se adeuda, se calcula que el 18% corresponde al Impuesto a las Ganancias, el 34% al IVA, el 3% a Bienes Personales, el 37% a Aportes y Contribuciones y el 8% al Resto de Tributos y Aduaneros.
En diálogo con ON24, la economista de la Fundación Banco Municipal, Ana Inés Navarro entendió esta medida como “un alivio puntual para las PYMES que tienen deuda fiscal y con la seguridad social. Las ayuda a seguir tirando”. Aunque no dejó de lado el reclamo por la necesidad de “insumos importados para producir”, una situación “no resuelta” en el paquete de medidas anunciado el fin de semana, que incluye aumento de la política monetaria, reducción de intereses en tarjetas de crédito y en el Plan Ahora 12, entre otras acciones.
LA RESOLUCIÓN
Por medio de la Resolución General 5.361/23, publicada este martes en el Boletín Oficial, la AFIP instrumentó un plan de hasta 84 cuotas, de acuerdo al tamaño de la firma y el tipo de obligación que debe regularizar.
Cómo es la adhesión y otros detalles a tener en cuenta:
- En todos los casos, no será necesario realizar un pago a cuenta.
- Los sujetos alcanzados podrán adherirse hasta el 29 de septiembre de este año inclusive.
- La cantidad máxima de cuotas de los planes de facilidades de pago, se determinará según el tipo de contribuyente al momento de la consolidación de los mismos y del tipo de plan.
- Para pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y micro y pequeñas empresas: 84 cuotas por deuda general o aduanera, 36 para aportes de la seguridad social y 12 por retenciones y percepciones.
- Para medianas empresas-tramo 1 habrá 48 cuotas por deuda general o aduanera, 24 para aportes de la seguridad social y seis por retenciones y percepciones impositivas.
- Para medianas empresas-tramo 2: 36 cuotas por deuda general o aduanera, 18 para aportes de la seguridad social y tres por retenciones y percepciones impositivas.