Eliminan la obligación de registrar contratos de alquiler para inmuebles urbanos y rurales

En consonancia con esta medida, y para disminuir la carga administrativa, la Resolución General 5547/2024 eliminó la obligación de que los empleados en relación de dependencia adjunten en el servicio Siradig una copia del contrato de alquiler de su vivienda para acceder a las deducciones del 40% y del 10% en el impuesto a las ganancias

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales. Esta medida forma parte de un proceso continuo para reducir la carga administrativa y burocrática que enfrentan los contribuyentes y responsables.

A través de la Resolución General 5545/2024, la AFIP suprimió el requisito de informar todas las operaciones concertadas entre locadores y locatarios bajo el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)”. Esta decisión se fundamenta en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, que derogó la Ley 27.551 de Alquileres.

No obstante, la nueva resolución establece que los contribuyentes que deseen acceder a los beneficios fiscales del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y de los impuestos sobre Créditos y Débitos, Bienes Personales y Ganancias —contemplados en la Ley 27.737— deberán declarar sus contratos de alquiler en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI” de la web de la AFIP antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración. Los contratos ya registrados no necesitarán ser declarados nuevamente, a menos que haya modificaciones o actualizaciones.

En consonancia con esta medida, y para disminuir la carga administrativa, la Resolución General 5547/2024 eliminó la obligación de que los empleados en relación de dependencia adjunten en el servicio Siradig una copia del contrato de alquiler de su vivienda para acceder a las deducciones del 40% y del 10% en el impuesto a las ganancias.

Otros trámites derogados por la AFIP

Esta simplificación en las operaciones inmobiliarias se suma a la derogación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), requerido para la venta de automotores o motovehículos usados. Además, durante la gestión actual, el organismo ha eliminado resoluciones que obligaban a los productores agropecuarios a presentar cinco declaraciones juradas anuales sobre su cosecha. También, se derogaron el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, con el objetivo de facilitar el comercio exterior.

Comentarios