Los olvidados en la ley de sinceramiento

El próximo 31 de octubre vence un plazo importante para quienes han cumplido con sus obligaciones impositivas y no necesiten ingresar al régimen de sinceramiento fiscal para regularizar su situación, y quieran obtener el beneficio de “bloqueo fiscal”.

Para obtener este derecho, quienes resuelvan no adherir al régimen de blanqueo deben presentar una declaración jurada de confirmación de datos por medio de la cual manifiesten que la totalidad de su patrimonio es el  que surge de las declaraciones juradas de impuestos que hubieran efectuado en el ejercicio 2015 (impuesto a las ganancias, bienes personales y/o ganancia mínima presunta).

Las personas que cumplan con esta declaración tendrán derecho a la ley tapón o bloqueo fiscal. Quienes no lo hagan no estarán sujetos a sanción, pero perderán el derecho al bloqueo fiscal.

En la práctica el bloqueo fiscal es una restricción severa por parte de la AFIP a efectuar ajustes fiscales a estos contribuyentes por los años anteriores que no estén prescriptos (a hoy años 2009 a la fecha). 

Este derecho consiste en otorgar los beneficios de liberación de ley penal tributaria, cambiaria y aduanera, impuestos a las ganancias, IVA, bienes personales, etc. que pudieran resultar aplicables por bienes que la persona hubiera tenido antes del 31 de diciembre de 2015 y no existieran a esa fecha, por ejemplo porque se vendieron o se consumieron.

Es un derecho muy importante que podría calificar como “borrón y cuenta nueva”. Además es un derecho que también se le otorga a quienes ingresan al régimen de sinceramiento. De este modo se equipara a quienes han cumplido y quienes no lo han hecho.

Adicionalmente, una vez ratificado el patrimonio, el contribuyente tendrá derecho a continuar el trámite de obtención de “buen cumplidor”, en la medida que no tenga deuda fiscales por los años 2014 y 2015, y tampoco haya ingresado al régimen de blanqueo mediante Cedin.

Quien califique como contribuyente cumplidor tiene derecho a una exención en el impuesto sobre los bienes personales por 3 años a partir de 2016.

Recomendamos a quienes no blanquean que tengan presente que la ley de sinceramiento ha pensado en ellos, aunque sea un poco. Bloqueo fiscal, y eventualmente 3 años de exención en el impuesto sobre los bienes personales, para quienes estén atentos.

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