El Decreto 883/24 había liberado el tránsito interjurisdiccional así como el de las conexiones aeroportuarias, dando libertad absoluta para operar, elegir vehículos, horarios y recorridos.
“La Resolución 57/24 de hoy, con firma del Secretario de Transporte Franco Mogetta, establece el procedimiento para que cualquier interesado en proveer el servicio pueda hacerlo, dando sentido práctico a la desregulación que habíamos establecido con el Decreto 883/24”, explicó el funcionario a través de su cuenta en la red social X. “Simplemente informan a través de un trámite remoto vehículos, choferes y los recorridos que planifican hacer. Pueden cambiar esta información cuando quieran y las veces que quieran. ¡Y listo! ¡A rodar!”, festejó.
La secretaría de transporte destacó que “se moderniza un régimen de más de 30 años de antigüedad con un sistema cerrado, permisos rígidos y burocracia excesiva, pasando a un sistema simple, declarativo, gratuito y digital que mantiene los estándares técnicos y de seguridad vigentes”.
“Esperamos que con esta nueva reglamentación todos los operadores del sector puedan trabajar en total libertad, compitiendo entre sí, y con la flexibilidad que demandan los tiempos que corren. Damos así un paso más para implementar la agenda de libertad económica que nos pide el presidente Milei”, destacó Sturzenegger.
Los transportistas se podrán registrar de manera online y gratuita mediante la plataforma web Trámites a Distancia (TAD), donde deberán brindar la información relevante y actualizada de los servicios.
Además, se unificarán todos los registros bajo un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP) “brindando mayor comodidad y transparencia, con el ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos”.
El trámite es obligatorio para la prestación de servicios de transporte automotor de pasajeros y tendrá carácter de Declaración Jurada (DDJJ). Estará disponible a partir del 11 de diciembre, y el correo electrónico registrado será al que llegarán las notificaciones pertinentes durante todo el proceso.
Entre otros datos, los transportistas deberán completar:
Formulario de transportistas/empresas
DDJJ Nómina de Parque Móvil
DDJJ Nómina de conductores
Título de propiedad o contrato de leasing de los vehículos
Pólizas de seguros
Desde el Ministerio de Transporte informaron que “una vez registrados se emitirá el Certificado de Alta de Transportista dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles y podrán acceder a la inscripción de los servicios a prestar”.