De acuerdo con el proyecto de Figueroa Casas, la voluntad de los trabajadores sobre las obras sociales fue afectada por el Decreto N° 438/21 -publicado el 7 de julio de 2021 en el Boletín Oficial- que estableció que quienes “inicien una relación laboral deberán permanecer un año en la obra social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho a la opción de cambio”.
El Decreto limita el derecho de opción que permitía la libre elección desde el comienzo. Dicha medida perjudica no solo a la decisión de los trabajadores, sino también a la competencia entre obras sociales”, sostuvo la diputada y continuó: “Es arbitraria y contradictoria”.
Por eso, solicita para los trabajadores el derecho de opción de obra social tanto desde el inicio como durante el transcurso de la relación laboral y expresamente establece la prohibición de limitar, suspender o condicionar dicha facultad; indicando que su interpretación será siempre a favor de la libertad de elección. A su vez, la iniciativa vela por el derecho de acceso a un sistema de salud digno que responda a las necesidades.
“Es importante trabajar para permitir la completa libertad de elección de los trabajadores sin límites”, expresó la diputada y agregó: “No puede ser que permanezcan cautivos por un año de la obra social sindical si es su primer trabajo o cambiaron desde otra rama de actividad”.