“Los nuevos fallos laborales son de justicia real y no de abusos”

La diputada nacional Verónica Razzini celebró los fallos de la Corte Suprema que evitaron indemnizaciones con montos irrazonables y su proyecto de Actualización de Montos Indemnizatorios ya se debate en comisiones del Congreso.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió recientemente dos fallos muy importantes en materia laboral, que va en consonancia con el cambio que se viene gestando en materia de indemnizaciones desde el Poder Legislativo. Se trata de dos causas en las que se busca poner un límite a las decisiones de la Cámara del Trabajo en la aplicación de intereses desmedidos a la sentencias de juicios laborales.

El máximo órgano redujo en un fallo una indemnización que se incrementó en un 20.000 por ciento y, en otro, anuló la aplicación de una multa de 53 sueldos impuesta a una empresa en beneficio de un trabajador que se había desempeñado solo durante 20 meses.

En ese sentido, quien celebró las decisiones de la Corte Suprema, fue la diputada nacional del PRO, Verónica Razzini, quien viene trabajando en la temática e incluso presentó un proyecto de Ley para que busca la Actualización de Montos Indemnizatorios. Los juicios laborales que se extienden en el tiempo, la lentitud de la Justicia Laboral y la fórmula aplicada para el pago son un importante problema para los privados.

Estos fallos son la continuidad de un criterio de la Corte establecido en la sentencia Oliva, donde prohibió la aplicación de intereses sobre intereses en contra de una acordada de la Cámara del Trabajo que contemplaba esa posibilidad, elevando los montos de las indemnizaciones hasta cifras inverosímiles.

“Creo que es una medida acertada, la justicia en su totalidad debe entender que Argentina ha elegido un cambio de rumbo y para esto deberá volver a la senda de la inversión y el desarrollo, camino que habíamos perdido en los últimos años, veo que los diferentes sectores comienzan a alinearse en ese sentido, el sentido común”, expresó Razzini en diálogo con ON24.

En consonancia con los fallos, la empresaria manifestó que se trata del “criterio correcto” en vías aplicar sensatez. “Tiene que ver con la real justicia y no con el abuso al que nos habíamos acostumbrado”, deslizó.

No obstante, la Cámara Laboral insiste con la aplicación de estas indemnizaciones que terminan, muchas veces, perjudicando a las pymes. Razzini afirmó que es la ley la que da esos espacios y agregó: “En los últimos años se legisló para castigar a las empresas de tal manera que construyeron un negocio al que denominamos la industria del juicio laboral que nos muestra los resultados desastrosos a los que llegamos hoy luego de 12 años sin generación de puestos de trabajo”.

UN PROYECTO QUE BUSCA AVANZAR

La diputada presentó un Proyecto de Ley que plantea, entre otras cosas, una actualización por Tasa Activa del Banco Nación, con una capitalización por única vez a la fecha de notificación de la demanda con tope de Capital Histórico de IPC más el 3 por ciento anual.

“La idea es poner un freno y previsibilidad a los resultantes de los juicios laborales, hoy venimos viendo como un centenar de pymes mueren por la imposibilidad de afrontar un juicio laboral impagable, que también deja en muchos casos al demandante sin la posibilidad de cobrar después de esperar mucho tiempo, y con empresas quebradas que ademas dejan a otros trabajadores en la calle”, sostuvo.

El proyecto se giró a las comisiones de Legislación del Trabajo y Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados de la Nación. “Esperamos poder estar tratándolo en breve, creo que es muy importante seguir trabajando para volver a crear un contexto donde invertir en nuestro país deje de ser una carrera de obstáculos”, finalizó Razzini.

DOS FALLOS IMPORTANTES

En la causa “Lacuadra, Jonatan Daniel c/DirecTV Argentina S.A. y otros s/despido”, la Corte dejó sin efecto una sentencia de la cámara laboral que ordenaba el pago de más de 137 millones de pesos de indemnización por despido y elevaba en casi un 20.000 por ciento el monto de condena de primera instancia.

En otro fallo y con el mismo criterio, la Corte en la causa “Domínguez, Yanina Vanesa c/ Muresco S.A. s/despido”, revocó una sentencia laboral que ordenaba el pago de una multa por retención de aportes que equivalía a 53 salarios mensuales, en un vínculo laboral que había durado un año y ocho meses.

 

 

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