Una nueva modificación para conductores: Se actualizan los umbrales para transacciones de compraventa de vehículos

Deberán definir un perfil de cliente para montos anuales iguales o mayores que 60 millones de pesos

La Unidad de Información Financiera (UIF) ha ajustado los umbrales para las transacciones relacionadas con vehículos automotores y ha establecido la obligación de definir un perfil de cliente cuando la operación supere los $60.000.000 anuales. Esta actualización viene acompañada de la eliminación de la exigencia de presentar informes periódicos sobre la emisión de cédulas azules.

La medida, dispuesta mediante la Resolución 71/2024, publicada en el Boletín Oficial este miércoles, establece que el perfil del cliente deberá basarse en información y documentación relacionada con su situación económica, patrimonial, financiera y tributaria. Esta documentación abarca diversos elementos como declaraciones fiscales, escrituras de justificación de fondos, certificaciones de origen de fondos emitidas por contadores públicos matriculados, documentación bancaria y comprobantes de venta de activos, entre otros.

Además, la resolución contempla la posibilidad de actualizar automáticamente el monto establecido en enero y julio de cada año, tomando como referencia el incremento porcentual del índice de precios del sector automotor acumulado en los últimos seis meses, a partir del día hábil siguiente a su publicación en el sitio web de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA).

Por otro lado, la derogación de la normativa referente a la emisión de cédulas de identificación para conductores autorizados por parte de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios conlleva la eliminación de la obligación de presentar informes periódicos sobre la expedición de cédulas azules.

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