Una franquicia de discotecas busca expandirse en ciudades con actividad universitaria

Se ofrecen dos modelos de negocio, uno con discoteca y resto bar, y otro solamente con espacio gastronómico

La franquicia cordobesa María María anunció que se encuentra en la búsqueda de potenciales inversores para expandirse “en las principales ciudades del país con vida universitaria”. Según indicaron, la empresa presentará dos formatos: uno con bar y otro con integración de boliche bailable.

María María combina el un resto bar con un espacio bailable. Lleva 35 años trabajando en la noche cordobesa, con su local de Boulevard San Juan y Marcelo T. de Alvear, en Córdoba Capital. En sus orígenes se consolidó como escenario para música en vivo, llegando a recibir artistas como Serrat, Pablo Milanés, Pappo y La Mona Jiménez.

Actualmente, mutó a un formato que combina un resto bar con un boliche bailable, mientras que la música en vivo pasó a un plano secundario. A finales de 2023, bajo la gestoría de Centrofranchising, se lanzó como franquicia y ahora busca inversores en ciudades con actividad universitaria.

Según la empresa, se demanda una inversión inicial total estimada en 270.000 dólares. Esto incluye un fee de ingreso de 60.000 dólares y el stock inicial de mercadería por unos 9.000 dólares. Además, se estima un canon publicitario de 1,5%.

Para su instalación requiere un local de unos 250 metros cuadrados, con un plantel de más de diez empleados para el formato de bar y disco. La marca también ofrece una versión que solamente incluye el espacio gastronómico, sin la disco.

En cuanto a los márgenes, se prometen regalías por un 7% y un tiempo de recupero de la inversión estimado entre 18 y 24 meses.

Nueva normativa

En julio de 2024, el Concejo Municipal de Rosario aprobó la nueva normativa de nocturnidad en la ciudad. Según la nueva ordenanza, la capacidad para eventos privados y gratuitos quedará restringida a 4 personas cada 2,30 metros cuadrados de superficie útil. Es decir, espacio limpio sin contar columnas, escapes, sanitarios, sala de máquinas, cocinas, etc.

En otro punto, la Municipalidad exige la solicitud de una licencia. La norma impone dos tipos: música de ambiente (locales que no superen los 60 decibeles) y difusión musical (establecimientos que pasen música por medios electrónicos y realizar espectáculos en vivo). La licencia de Difusión Musical permite autorizar la emisión de fuentes sonoras al aire libre en aquellos locales que no posean linderos y cuyos vecinos residenciales se encuentren a una distancia no menor a cien (100) metros contados desde cada deslinde parcelario.

Para obtener la aprobación de la Licencia de Difusión Musical, los establecimientos ubicados en Propiedad Horizontal con capacidad de hasta 500 personas, deberán obtener el 50 % de apoyo de los vecinos y los de más de 500 personas, un 67%. En caso de no lograr el visto bueno de los vecinos se iniciará una instancia de mediación para lograr conciliación y si los vecinos no concurren, la habilitación quedará vigente. 

También existe una licencia gastronómica que deberá ser solicitada por los emprendimientos que pretendan ejercer esta actividad ya sea con elaboración o no en el propio predio. Este permiso no excluye a los locales a pedir la licencia para emitir música. Además, los locales de este rubro deberán pedir otro permiso para comercializar bebidas alcohólicas.

En cuanto a los horarios de actividad, uno de los puntos con mayor debate, se consideran horarios máximos para la Licencia de Sonido:

Horario diurno:

  • Todos los días de 11.00 a 20.59hs.

Horario nocturno:

Locales de hasta 300 metros cuadrados de superficie útil: 

  • Domingos a miércoles: de 21 a 02hs.
  • Jueves: de 21 a 03.30 hs
  • Viernes, sábados y vísperas de feriados: de 21 a 04.30 hs.

Locales de más de 300 metros cuadrados de superficie útil:

  • Domingos a miércoles: de 21 a 02hs
  • Jueves: de 21 a 03.30 hs.
  • Viernes, sábados y vísperas de feriados: de 21 a 06 hs.

La ordenanza también establece que no se otorgarán permisos de difusión musical a aquellos establecimientos que se encuentren en edificios; cercanos a sanatorios, salas velatorias y geriátricos. Otro punto que suma la ordenanza es que si un tercio de los vecinos a 50 metros a la redonda se opone expresamente al emprendimiento tampoco se otorgará licencia. 

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