Promovida por el Consejo Agroindustrial Argentina (CAA), el gobierno nacional presentó este jueves el proyecto de ley destinado a impulsar inversiones en la producción agropecuaria y agroindustrial.
Concretamente, este Régimen de Fomento al Desarrollo Agroindustrial se aplicaría de forma retroactiva desde enero del corriente año hasta diciembre de 2030 y tiene por objetivo incrementar las exportaciones en 7.000 millones de dólares y generar más de 150 mil puestos de trabajos en todo el país.
Entre otros puntos, la norma prevé la devolución de IVA para inversiones en un año, cuando hasta ahora se realiza en 4 años promedio, lo que beneficiará y alentará a plantas frigoríficas, acopios, usinas lácteas, plantas de balanceado, planta de tratamiento de frutas, etcétera. En tanto, las actividades agroindustriales que tengan IVA diferentes podrán computar los débitos fiscales generados por tales operaciones, lo que beneficiará a sectores como el de la carne porcina, entre otros.
Por otra parte, el régimen establece que los productores podrán optar por valuar sus existencias al momento de la venta y no durante el tiempo de engorde. En ese sentido, la norma abarca a la hacienda cuyo peso promedio sea igual o superior a los 400 kilogramos vivo o que esos animales presenten un rendimiento en playa de faena de 225 kilogramos res con hueso en gancho.
Además, con esta ley, dejarían de pagar el Impuesto a las Ganancias durante los años de engorde y lo harán cuando los productores vendan los novillos. Se estima que así aumentaría la cantidad de carne para consumo en más de 60 mil toneladas anuales.
También la ley estipula beneficios promocionales que alcanzarán a los ganaderos que obtengan, con respecto al promedio de los tres últimos ejercicios fiscales, aumentos en los porcentajes de destetes de terneros logrados o aumento del peso promedio de los animales enviados a faena.
Por otro lado, se establece también un certificado de crédito fiscal intransferible, por hasta el 50% de los gastos y erogaciones, correspondientes a adquisiciones de fertilizantes orgánicos e inorgánicos, insumos y fertilizantes e insumos biológicos, semillas autógamas, forrajeras y hortícolas, debidamente identificadas y fiscalizadas.
Este certificado podrá ser utilizado por el término de 24 meses desde su emisión para la cancelación de Ganancias o de sus respectivos anticipos y/o de la Contribución Especial sobre el Capital de las Cooperativas, y no podrá dar lugar a saldos a favor ni a reintegros o devoluciones por parte del Estado Nacional. Este plazo podrá prorrogarse por 12 meses, solo por causas justificadas según lo establecido por la autoridad de aplicación.