A partir del 1° de julio de 2024 entrará en vigencia la receta electrónica obligatoria. El decreto N°345/2024 que establece la obligatoriedad de su uso en todo el país, lleva la firma del presidente Javier Milei, el ministro del Interior, Guillermo Francos, y el ministro de Salud, Mario Russo.
Una parte esencial de esta nueva política es la creación del Registro Nacional de Soluciones Informáticas y del Diccionario Nacional de Medicamentos. El registro garantizará que las plataformas utilizadas cumplan con estándares de seguridad y eficiencia, mientras que el diccionario asegurará la uniformidad en la prescripción de medicamentos a nivel nacional.
Los profesionales de la salud deberán registrarse en la Red Federal de Registro de Profesionales de la Salud (REFEPS). Este registro verificará las credenciales de los profesionales, permitiendo que solo los acreditados emitan recetas electrónicas, aumentando la integridad del proceso de prescripción.
Las farmacias tendrán la responsabilidad de mantener archivadas las recetas digitales por un período de tres años, asegurando un registro adecuado y la trazabilidad de las prescripciones.
Ventajas
- Mejora la legibilidad y reduce errores de prescripción: aumenta la claridad de las recetas, minimizando los errores en la prescripción de medicamentos.
- Prevención de adulteraciones: reduce la falsificación de recetas, aumentando así la eficiencia y seguridad en la dispensación de fármacos.
- Facilitación de la identificación profesional: permite una fácil identificación de los profesionales de la salud autorizados para prescribir medicamentos.
- Establecimiento de un Diccionario Nacional de Medicamentos: crea un recurso unificado que estandariza la denominación de los medicamentos a nivel nacional.
- Mejora del seguimiento de tratamientos: posibilita un control más efectivo del tratamiento de los pacientes, asegurando un seguimiento adecuado desde la prescripción hasta la dispensación.