Las Ferraris no solo traen problemas a los presidentes…
La AFIP, a través de la Aduana de Necochea, denunció penalmente a quienes intentaron ingresar de “contrabando” una Ferrari F430 Spider valuada en 200.000 dólares, que había ingresado al país ilegalmente al amparo del Régimen de Importación de automotores usados.
El hecho se habría conocido a mediados de agosto de este año y una vez finalizada la instrucción administrativa, y al no poder explicar la situación frente a la Aduana, más las pruebas recabadas por la AFIP, se presentó hoy al mediodía la denuncia penal ante el Juzgado Federal de Necochea, a cargo del Juez Bernardo Bibel.
Con un rol principal se encontraría implicado Jorge Daniel Lucena (apodado “Toti”) que en el año 2000 emigró a Europa.
En la actualidad, Lucena, junto con su hijo Mathias y su pareja Susana, son dueños de una parrilla al estilo criollo en el Autódromo Internacional de Muguello, institución de la marca Ferrari, ubicado al norte de Italia. Este emprendimiento habría sido financiado con el producto de la maniobra de contrabando del automóvil.
Lucena ingresó la Ferrari al país acogiéndose a los beneficios impositivos contemplados a quienes vuelven a residir definitivamente. Sin embargo, no cumplió de forma fehaciente el retorno al país para vivir de forma permanente
En la maniobra, Lucena utilizó la ayuda de Juan Carlos Zelaya, quién se ocuparía de los trámites administrativos ante Aduana y Registro Propiedad Automotor. Además Zelaya sería quien se encargaba de la recepción y movimiento de la Ferrari a donde fuera necesario, inclusive diferentes cocheras para evitar los controles aduaneros.
El testigo clave de la maniobra es Arturo Vezzi, quién junto a su mujer prestaron su domicilio particular de la calle 73 N° 2055 de Necochea, para que Lucena guardara allí la Ferrari por 20 días aproximadamente.
La normativa aduanera establece que una vez nacionalizado un vehículo no puede ser transferido hasta 1 año después de su ingreso. Además el beneficiario es el único autorizado a conducirlo durante la vigencia de dicho plazo.
La importación de vehículos usados se autoriza si los propietarios de los automotores son ciudadanos argentinos con una residencia en el exterior no menor a un año y que retornen para vivir definitivamente en el país o si pertenecen a ciudadanos extranjeros que obtengan su derecho de radicación en el país.
Fuente: AFIP