Nueva línea de asistencia financiera: todas las características y montos
El ministro de la Producción de Santa Fe, Daniel Costamagna, firmó el convenio junto al presidente de ADERR, Marcelo Trento, y dio a conocer el paquete de medidas que el gobierno empezó a aplicar para apoyar al sector productivo provincial a través del cual se prevé inyectar más de 2.200 millones de pesos a la economía santafesina.
En ese marco, el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología junto a la Agencia de Desarrollo Región Rosario (ADERR) suscribieron un Convenio para otorgar asistencia financiera a las MiPyMEs que se vieran afectadas en sus ingresos durante la emergencia sanitaria declarada y la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Se trata de una nueva línea de ayuda económica que contará con fondos por 30 millones de pesos y en los próximos días se informará el paso a paso para acceder a la misma. En sus más de 20 años de trayectoria articulando el trabajo de pymes y emprendedores con los diferentes gobiernos, ADERR cuenta con amplia experiencia en la gestión de fondos y eso se refleja en la confianza depositada por el gobierno para ser nuevamente un puente entre el sector productivo y las ayudas económicas estipuladas desde el estado.
Características de la línea:
Las empresas solicitantes podrán acceder, condicionado a la existencia de presupuesto, a la asistencia financiera a través del otorgamiento de un Préstamo, con las siguientes condiciones:
#Monto: hasta $100.000.
#Destino: Capital de Trabajo
#Plazo de amortización: dieciocho (18) meses, incluye período de gracia.
#Período de gracia: hasta seis (6) meses (sólo para capital), incluidos en el plazo total.
#Tasa nominal de interés: 13,5%
#Porcentaje de financiamiento: el 100% del monto del proyecto IVA incluido.
Podrán participar del presente Programa aquellas MiPyMes industriales, comerciales y de servicios que no hayan sido exceptuadas de la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio o que solo hubieran sido habilitadas con restricciones, como la prohibición de atención al público.
Pueden participar empresas de los siguientes rubros:
# Comerciales: calzado, vestimenta, marroquinerías, mercerías, relojerías, jugueterías, regalería, joyería, bazar, antigüedades, talabarterías, música, instrumentos, hilados, mercerías, florerías, pinturerías, construcción, equipamiento de oficina, equipamiento de hogares, camping y pesca, decoración, cotillón.
# Servicio: restaurantes, bares, comedores, cervecerías, servicios gastronómicos, hotelería, peluquería, podología, manicura, servicio de reparación de artículos del hogar, herrería, gimnasios, imprentas.
# Industriales: la asistencia financiera se organizará en tres (3) tramos. Tendrán prioridad, para la asignación del beneficio, aquellos que no han podído trabajar durante todo el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio, y se contemplarán dos tramos más. De este modo, se tomará en cuenta el siguiente orden de prioridad para la selección de los beneficiarios:
Tramo 1 priorítario
-Actividades no exceptuadas en ningún DNU
27 días laborables sin actividad (no cuenta domingos y feriados)
Tramo 2 intermedlo
-Actividades habilitadas a partir del DNU 355/20 (13/04/20)
14 días laborables sin actividad (no cuenta domingos y feriados)
Tramo 3 bajo
-Actividades habilitadas a partir del DNU 325/20 (01/04/20)
08 días laborables sin actividad (no cuenta domingos y feriados)