Nueva normativa sobre el origen de la semilla

La resolución 187/2015 emitida por el INASE (Instituto Nacional de Semillas) y publicada en el boletín oficial el día 22 de junio del 2015, establece que a partir de la campaña de soja 2015/16, todos los productores cuya facturación total sea mayor al equivalente de tres veces la categoría más alta del monotributo, estén o no inscriptos en este régimen, deberán declarar el origen legal de la semilla, sea esta fiscalizada o de uso propio y la semilla reservada para futuras campañas.

Las declaraciones de origen legal de la semilla y reserva de semilla se podrán realizar mediante un aplicativo web al cual se ingresará con usuario y clave fiscal de AFIP.

La fecha límite para la presentación de la información es el 31/01/2016 en el caso de la declaración de origen legal de la siembra y el 30/06/2016 para la declaración de reserva de semilla.

La información que se deberá presentar es la siguiente: ubicación del predio, superficie sembrada, kilogramos de semilla utilizada, sus variedades y la documentación que avale su origen legal.

Será responsabilidad de INASE validar la información presentada por cada productor, y en caso de corresponder, se podrán exigir muestras vivas o realizar visitas a los establecimientos para corroborar la información suministrada.

El incumplimiento podría dar lugar a sanciones administrativas (baja de registros, inhabilitación para operar, etc.), o económicas tal como está previsto en la ley.

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