Abogados celebran fallo de la Corte Suprema santafesina

La Justicia sentó un importante precedente

Abogados celebran un reciente fallo de la Corte Suprema provincial. La Justicia acaba de sentar un relevante precedente al desestimar fallos de Cámara que declaraban inconstitucional un artículo de la Ley de Riesgos de Trabajo, y que provocaban una suba vertiginosa de los montos de indemnizaciones.

“Venimos de un tiempo en el que ya casi ni se respetaba la Ley de Riesgos de Trabajo, lo que daba lugar a indemnizaciones que, en muchos casos, eran ridículas”, comentó a ON24, el abogado Roberto Vázquez Ferreyra.

Anteriormente, el máximo tribunal a nivel nacional había dado lineamientos parecidos a los santafesinos, cuando limitó los montos indemnizatorios en un accidente laboral, comenzando a ordenar las cuestiones  y sentando jurisprudencia. El problema –según Vázquez Ferreyra- es que “los juzgados laborales de las provincias interpretaban la ley (de Riesgos del Trabajo)  declarando inconstitucional el artículo 12”.

Dicho artículo dispone que la base salarial que debe incluirse al calcular la indemnización tiene que ser la de los doce meses previos al accidente. Al ser suspendido, se toma el salario actual, al que se le suma la indexación de las tasas de interés, y dispara los montos hacia las nubes.

El pasado 14 de febrero, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe comunicó el fallo del caso “Ojeda s/Riesgos del Trabajo” (le siguieron otros tres fallos con el mismo criterio),  en el que descalifica el mecanismo usado por la Cámara de Apelaciones para actualizar el monto indemnizatorio, devolviéndole vigencia al artículo 12.

“Esta es una jurisprudencia que se viene imponiendo y los tribunales inferiores la van a tener que aceptar por una cuestión de economía procesal”, concluyó Váquez Ferreyra.

REDACCIÓN ON24

Por Mariano Fortuna

 

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