El prestigioso economista, socio de impuestos de Deloitte, Héctor Astrada, aseguró, en diálogo con Marcelo Fernández, por Fisherton CNN; que “No cabe en ningún razonamiento que dos personas que ganen exactamente lo mismo con las mismas cargas familiares paguen distintos importes“.
Las medidas en materia de impuesto a las Ganancias son, pegarle un garrotazo adonde se manifiesta un problema pero nunca atacar la causa.
Lo primero que hay que analizar, es que todavía no se sabe en qué consiste, de hecho no se publicó esta resolución en el Boletín Oficial
“Como anécdota se puede decir que desde Deloitte quisieron inferir la naturaleza de los cambios, el alcance de las modificaciones a partir de los números que había exhibido el Ministro de Economía, Axel Kicillof y tampoco pudimos”, entonces hubo que resignarse a esperar a que salga la resolución y que tengamos alguna precisión adicional porque se han utilizado términos un tanto confusos. Lo concreto fue un anuncio, que habría una reducción del impuesto en determinada franja que ni siquiera es la actual, cuando hablan de aquellos que estén entre $ 15.000.- y $ 25.000.- se deben estar refiriendo a aquella foto que se sacaba a agosto de 2013.
Da la impresión que ha tenido una finalidad más política que otra cosa, quizás porque se empiezan a manifestar los gremios, por posibles situaciones de paros y demás, y han intentado calmar el escenario que se podía presentar pronto.
Pero, si, claro, era preferible expresarlo cuando ya hubiesen tenido la resolución hecha.
En vez de hacer una cosa prolija, uniforme, porque van generando unas desigualdades terribles, y van dando manotazos.
Ya se han perdido las esperanzas de poder tener un debate profundo y serio sobre la incidencia que tiene el impuesto a las ganancias; puede haber 4 personas que ganen exactamente lo mismo, que tengan las mismas cargas de familia y que paguen un impuesto diferente, con lo cual, pierde cualquier viso de razonabilidad ni siquiera se puede hablar de un impuesto progresivo; acá hay un problema de equidad porque estamos hablando 4 personas que pueden estar pagando distintos valores, uno podría estar exento y el otro una carga excesiva; que es el caso de los autónomos donde la desigualdad se puede manifestar con mayor crudeza. Hay un tremendo contrasentido.
Habrá que ver cómo se lleva a cabo, como se llega a los números exhibidos por el Ministro de Economía en conferencia de prensa.
Mal no viene, para esa franja entre 15.000 y 25.000 pesos, pero otra vez, en realidad se está recibiendo una clasificación de los salarios que se tenían en agosto de 2013.
En esta clasificación, del decreto 1.242 del 2013, una especie de foto al 31 de agosto, sueldos brutos menores a $ 15.000.- quedaban exentos, es decir, si una persona en aquel momento, ganaba $ 14.000.- quedaba exenta eternamente por más que después pasara a ganar 100 mil pesos por mes, ya quedaba in eternum exenta.
Y si se ganaba 15.500.- ya se estaba incluido en esa franja actual. Hoy esas dos personas podrían estar ganando lo mismo; y uno no está pagando el impuesto y el otro sí. Ante la misma renta.
También está el autónomo, que además, cuando se habla del mínimo no imponible se agrupan determinados conceptos, que en realidad son, las cargas de familia y los que trabajan en relación de dependencia que es una deducción especial adicional que es mucho más alta que la que puede tomar un autónomo. Entonces, se tendría una tercer situación donde se paga mucho más impuestos que los otros dos casos; lo cual parece bastante irracional.
En el boletín oficial todavía no salió esta resolución…
ACLARACION
Pero sí, salió otra importante. Hay un régimen de facilidades de pago en una de las condiciones que establecía el mantenimiento de la nómina del personal que se tenía a diciembre del año 2014. Se hicieron algunas aclaraciones al respecto a partir de algunos reclamos.
Una de las condiciones para acceder al plan de pagos que puede llegar hasta 120 cuotas uno de los requisitos era que a la fecha de solicitar el plan se mantuviera la misma nómina de personal que se tenía a diciembre del 2014. Hay situaciones de trabajos temporales y demás, totalmente naturales que podían derivar a que no se pueda acceder al plan de facilidades de pago, pero hay por resolución algunas aclaraciones al respecto, sobre todo a que nómina de personal se debe discutir.