Más de 10 mil productores de la provincia de Santa Fe presentaron hasta el momento sus declaraciones juradas de daños para adherir a los beneficios de la emergencia agropecuaria declarada por la sequía, que tiene como fecha límite de inscripción el 14 de abril, informaron este lunes voceros oficiales del gobierno provincial.
La presentación de la declaración jurada es el primer paso para obtener el certificado, pero ante la gravedad de la situación, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) accedió a un pedido del gobierno provincial para que los productores comiencen a percibir los beneficios de la emergencia a partir del inicio del trámite.
Se estima que esos 10.000 productores que firmaron su declaración jurada representan alrededor de 5 millones de hectáreas productivas afectadas por la sequía, que son a su vez un 40% del total provincial, por lo cual se esperan aún muchas inscripciones.
A los fines que todos los productores afectados puedan presentar y gestionar los certificados -y así acceder a los beneficios de la ley de emergencia provincial y nacional– se prorrogó hasta el 14 de abril la fecha para presentar las declaraciones juradas para acceder a los beneficios de la emergencia agropecuaria.
Los productores que hayan visto afectada su producción entre el 50% y el 80%, serán considerados en estado de Emergencia Agropecuaria y recibirán una prórroga del pago del Impuesto Inmobiliario Rural. Por otra parte, aquellos que hayan tenido entre el 80% y el 100% de daños, entrarán en la categoría de Desastre Agropecuario y serán eximidos del pago del Impuesto Rural.
Los decretos provinciales de emergencia agropecuaria han sido homologados a nivel nacional y los productores pueden acceder a los beneficios de la emergencia agropecuaria nacional, que establece también prórroga de los pagos a entidades financieras públicas y prórrogas o diferimientos impositivos.
La secretaria de Agroalimentos del Ministerio de la Producción, María Eugenia Carrizo, remarcó que, si bien la AFIP admitió que los productores puedan percibir los beneficios económicos con la sola presentación de la declaración jurada, estos deberán presentar los certificados ante el organismo ni bien los reciban.