Extienden el plazo para la recategorización del monotributo

El nuevo plazo para completar este trámite será hasta el 2 de agosto de 2024

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha extendido el plazo para la recategorización del monotributo.
El nuevo plazo para completar este trámite será hasta el 2 de agosto de 2024. Esta extensión se otorga en virtud de la Ley 27.743 (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes), que incluye nuevos montos máximos de facturación y otros beneficios tributarios.
La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si, de acuerdo con los ingresos de los últimos 12 meses, corresponde un cambio de categoría. En caso de que no sea necesario un cambio de categoría, no es preciso realizar ningún trámite.

Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tendrán efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025.

Mediante la Resolución General 5523/2024, la AFIP ha dispuesto que la nueva fecha límite para completar este trámite será hasta el 2 de agosto. La ampliación de los montos máximos de facturación para todas las categorías, aprobada a través de la ley, permite que más monotributistas permanezcan en los niveles actuales sin pasar al régimen general.

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