Desde este viernes se renueva el cupo mensual para comprar 200 dólares de manera oficial en cada entidad bancaria. Si bien el dólar tuvo un aumento, sigue corriendo detrás de la inflación y las tasas de interés en pesos.
El 31 de marzo, el tipo de cambio minorista cerró en 116,45 pesos por dólar, por lo que si se le suma el impuesto PAIS (un 30%), más Ganancias (un 35%), el valor se eleva a 192,14 pesos por dólar.
Así en el tercer mes del 2022, la divisa estadounidense tuvo un alza del 3.1%, para el mismo periodo se especuló con que la inflación sería de un 5% y las ganancias con plazos fijos en pesos serían un 3,6%. En términos anuales, la inflación esperada ya se acerca a la zona del 60%. Paralelamente, los plazos fijos otorgan actualmente un retorno de 53,5% anual en términos efectivos, y la tasa de aumento del dólar gira en torno al 45%/50%.
¿Quiénes no pueden comprar dólar ahorro?
- Los que compraron dólar MEP o CCL en los últimos 90 días
- Los que cobraron su último salario a través del programa de Asistencia a la Producción y el Trabajo (ATP)
- Los que cobraron planes sociales
- Monotributistas que tengan en curso créditos a tasa subsidiada
- Quienes no tienen sus ingresos declarados para evitar compras con dinero en negro o elusiones al cupo de u$s200 mediante adquisiciones a través de terceros
- Cotitulares de cuentas bancarias
- Individuos que gastaron con tarjeta su cupo de u$s200 (incluye, por ejemplo, el pago de Netflix o Spotify en dólares)
- Personas que tengan un plan de pago a 12 cuotas por deudas con tarjeta de crédito
- Aquellos que refinanciaron con bancos sus deudas por créditos personales, prendarios o hipotecarios.
¿Cómo saber si estoy habilitado para comprar?
Quienes deseen acceder a la compra del dólar ahorro y no se encuentren dentro del grupo afectado por las nuevas condiciones del cepo, podrán verificar la habilitación por medio de la Certificación Negativa de ANSeS, un comprobante que tiene una validez de 30 días, donde se deja constancias que no registras:
- Aportes como trabajador bajo relación de dependencia;
- Declaraciones Juradas de provincias no adheridas al SIPA (tanto para trabajadores activos como pasivos);
- Transferencias como Autónomo y/o Monotributista y/o Trabajadores de Casas Particulares;
- Cobro de Asignación por Maternidad para Trabajadora de Casas Particulares;
- Cobro de la Prestación por Desempleo;
- Cobro de programas sociales.
- Cobro de la Asignación Universal por Hijo;
- Cobro de la Asignación por Embarazo;
- Cobro de Becas Progresar;
- Cobro de prestaciones previsionales vigentes a la fecha de la solicitud.
Obra social.
Además, en este documento figura si el solicitante se encuentra o no registrado como Monotributista Social informado por el Ministerio de Desarrollo Social.
¿Quiénes no sufrirán percepciones por la realización de consumos en dólares con tarjetas de débito y crédito por la compra de servicios en el exterior?
- Las entidades exentas de impuestos por leyes nacionales.
- Las sociedades cooperativas.
- Las instituciones religiosas.
- Las asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual.
- Las entidades mutualistas.
- Las asociaciones deportivas y de cultura física.
- Las instituciones internacionales sin fines de lucro, con personería jurídica, con sede
- central establecida en la República Argentina.