Tras el anuncio del cierre de AFIP, el diputado Bongiovanni insistió en eliminar la “herencia del cargo”

El legislador nacional recordó que existe un privilegio dentro de Afip donde si un empleado fallece el cargo le corresponde a su hijo. Pidió eliminar por ley esta norma y extenderlo a todo el ámbito público.

Este lunes el gobierno nacional anunció la eliminación de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (Afip) y su reemplazo por un ente de estructura más chica llamado Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), lo cuál generó muchos coletazos.

Uno de ellos fue tomado por el diputado nacional del PRO por Santa Fe, Alejandro Bongiovanni quien recordó que en Afip aún existe una disposición a la que llaman “herencia del cargo”. Es decir, si un empleado o funcionario fallece, su hijo puede optar por heredar el cargo.

“Es un privilegio (privus legalis) demasiado grosero. Es medieval. Es endogámico. Es casta en sentido literal del término: “grupo social al que se pertenece por nacimiento”, sostuvo el legislador en sus redes sociales.

Se trata de una práctica común a varios órganos del sector público, incluso en la provincia de Santa Fe y el caso más visible es el que ocurre con los empleados de la Empresa Provincial de la Energía.

“Por esto, en marzo presenté un proyecto para que se deroguen todas las cláusulas de este tipo y que no se puedan homologar hacia adelante convenios colectivos que las contengan”, afirmó Bongiovanni.

En proyecto presentado reza en su primer artículo: “Prohíbese en todos los órganos y entes que integran el Sector Público Nacional (…) la designación preferencial en cargos y empleos de integrentes del grupo familiar primario de los trabajadores en actividad fallecidos”.

Además, el texto de la norma pide: “Derógase toda normativa interna aplicable a funcionanos y agentes del Sector Publico Nacional que establezca privilegios o preferencias para el acceso a los cargos públicos y empleos fundada en vínculos de parentesco”.

“La Secretaría de Trabajo o el organismo que en el futuro la reemplace no procederá a la homologación de convenios de las entidades comprendidas por los alcances del Artículo 1 hasta que sus estalutos o normas internas se adecuen a lo establecido en el artícubo 2″, agrega la normativa.

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