Finalmente, el gobierno promulgó la nueva ley de monotributo en la que contempla, entre otros aspectos, las condiciones de la moratoria. Según informó la AFIP, para tramitar el Régimen de Regularización de Deudas se deberá ingresar online al apartado de trámites con CUIL y Clave Fiscal.
De acuerdo con la publicación, la tasa de interés que se aplicaría en la moratoria dependerá de la categoría del monotributista. Además, incluirá todos los pasivos acumulados por obligaciones devengadas o infracciones cometidas hasta el 30 de junio pasado por los componentes impositivo y previsional, incluida la obra social, de las cuotas del régimen simplificado.
Según se explicó en el “Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal Para Pequeños Contribuyentes”, podrán incluirse dentro del mismo aquellas sumas que se encuentren en curso de discusión administrativa o sean objeto de un procedimiento administrativo o judicial.
El plan de pagos podrá tener un máximo de 60 cuotas, con un tope de tasa de interés del 1,5%. Sin embargo, las categorías más bajas tendrían un tope del 1,25%.
En la normativa se contempla también una actualización de las categorías más bajas del orden del 77%. El nuevo cuadro quedará determinado de la siguiente manera:
- Cateogías A: hasta $370.000
- Categoría B: hasta $550.000.
- Categoría C: hasta $770.000
- Categoría D: hasta $1.060.000
- Categoría E: hasta $1.400.000
- Categoría F: hasta $1.750.000
- Categoría G: hasta $2.100.000
- Categoría H: hasta $2.600.000
- Categoría I: hasta $2.910.000
- Categoría J: hasta $3.335.000
- Categoría K: hasta $ 3.700.000
Los pequeños contribuyentes podrán mantenerse en el régimen simplificado incluso si se exceden en la facturación. Quienes quedarán fuera de este beneficio serán aquellos que superen 1,5 veces el monto de facturación anual de la categoría más alta $5,5 millones anuales o tengan bienes por más de $6,5 millones.