En una carta dirigida al presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, Pablo Farías, el Consejo de Entidades Empresarias de la Producción de la Provincia de Santa Fe volvió a la carga con el objetivo de insistir en “la necesidad impostergable y definitiva” para que la provincia adhiera, finalmente, a la Ley Nacional de ART, sancionada en el Congreso en 2017.
En Santa Fe, la normativa ya obtuvo la luz verde del Senado pero aún resta el de la Cámara baja. A juicio del Consejo Empresario, se trata de una ley que “viene a poner el foco en uno de los temas que provoca mayor distorsión en todo el régimen reparatorio de los infortunios laborales, que es la alta, y muchas veces, fraudulenta litigiosidad”.
De acuerdo con la misiva, la Provincia de Santa Fe, junto con Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, Córdoba y Mendoza concentran el 93% de la litigiosidad del país y el 77% de la siniestralidad. De esta manera, según los empresarios, mientras el promedio de alícuotas a nivel nacional es del 2,78%, en Santa Fe se eleva al 4,06%, “lo que genera un sobrecosto de más de $ 358 millones mensuales, que el sector empresario, esencialmente pyme, está soportando por la falta de instrumentación de esta reforma”, denuncian.
La carta está firmada por Beltrán León López (Adeessa), Daniel Nasini (BCR), Ulises Mendoza (BCSF), Pablo Nazar (Camarco Rosario), Sergio Winkelman (Camarco Santa Fe), Carlos Castagnani (Carsfe), Dante Sartor (Corenosa), Laura Llopi (CAR Santa Fe de Coninagro), Marcelo Banchi (FAA), Ariel Dolce (Fecoi), Eduardo Taborda (Fececo) y Víctor Sarmiento (Fisfe).
PUNTOS POSITIVOS
En palabras de los miembros firmantes, la norma que se encuentra en debate en la Comisión mencionada “presenta elementos positivos que queremos destacar, a los fines de apoyar la argumentación de su sanción favorable”:
1. Establece mecanismos de concertación entre la SRT (Superintendencia de Riesgos de Trabajo) y el gobierno provincial.
2. Ratifica y valida el rol de las Comisiones Médicas, como instancia administrativa, previa y especializada; fijando un plazo razonable para sus resoluciones (60 días hábiles), y asegurando todos los derechos de los trabajadores (asistencia letrada). En este punto, resaltan, además, que en las provincias que fueron adhiriendo se logró agilizar el cobro de las prestaciones por parte de los trabajadores, pasando de 5 años promedio a 3 meses, a partir del funcionamiento de las Comisiones Médicas.
3. Implementa un Servicio de Homologación que, para el supuesto de acuerdo entre las partes, su resolución hace c osa juzgada administrativa, quedando concluida la controversia.
4. Entrada en vigencia: Queda supeditada a la suscripción de los convenios de colaboración entre la SRT y el gobierno provincial y a la efectiva implementación de las Comisiones Médicas. Agrega que en marzo de 2017 sólo existía una Comisión en la ciudad de Rosario, y durante estos tres años y medio, se fueron constituyendo las restantes.
5. Efecto recursivo: La norma recepta los criterios ya establecidos en todos los proyectos previos de adhesión, ya sea de otras provincias como los presentados en Santa Fe.
6. “Efecto suspensivo” para el supuesto de apelación del trabajador. Es decir, si el mismo no está de acuerdo con el dictamen de la Comisión Médica, tiene abierta la vía judicial, y cobrará al final del juicio.
“Por todo ello, solicitamos a los Sres. Diputados que consideren una rápida aprobación del proyecto con media sanción remitido por Senadores; y así poner todo el foco y la atención en lo que realmente debe ser en materia de seguridad y salud, que es la prevención”, manifiestan los empresarios al cierre del escrito enviado. “La crisis económica agravada por los efectos vigentes de la pandemia del covid-19 nos exigen una eficiente articulación entre Estado, trabajadores y empresas, a los fines de generar más y mejor trabajo”, concluyen.
REDACCIÓN ON24