Programa de estímulo al pequeño productor

Según un informe de la tributarista Analía Selva para el Centro de Gestión Agropecuaria de Fundación Libertad, el Programa de Estímulo al Pequeño Productor de Granos establece un régimen destinado a otorgar compensaciones económicas a aquellos pequeños productores que hubieren obtenido hasta un total acumulado de SETECIENTAS TONELADAS (700 t) de trigo, soja, maíz y/o girasol de manera indistinta en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, en la campaña 2013/2014.

¿Cuál es la norma de creación de este Programa?

Fue creado por la Resolución N° 126/2015 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y reglamentado por la Resolución 39/2015 de la SECRETARIA DE COMERCIO,

¿Qué productores son alcanzados por este beneficio?

Las personas físicas o jurídicas que hubieren producido trigo, soja, maíz y/o girasol hasta un total acumulado de SETECIENTAS TONELADAS (700 t) de manera indistinta en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA para la cosecha 2013/2014, inscriptos en la nómina de productores de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS según la Resolución General Nº 2.750 de fecha 18 de enero de 2010.

¿ Cómo se calculan las 700 toneladas máximas de producción?

La producción que se toma en cuenta es la sumatoria total de todos los granos (soja, trigo, maíz y girasol), sin importar la participación de cada uno de ellos en el total.

¿ Cómo  se accede al beneficio?

Los posibles beneficiarios deben completar la Declaración Jurada en el Registro de Productores de granos beneficiarios disponible en el sitio web de la Secretaria de Comercio:http://www.mecon.gob.ar/secretarias/comercio/comercio-interior

¿ Cuál es el monto del beneficio?

La compensación consiste en un monto monetario por tonelada de cualquiera de los granos, que se calcula de forma progresiva según el estrato al cual pertenezca cada productor:

Estrato

Toneladas

Monto anual por tonelada

1

Hasta 100

$ 450

2

Más de 100 a 200

$ 383

3

Más de 200 a 300

$ 293

4

Más de 300 a 400

$ 180

5

Más de 400 a 500

$ 90

6

Más de 500 a 600

$69

7

Más de 600 a 700

$ 45

¿Cómo se calculan los pagos mensuales?

El pago anual a recibir por cada productor será distribuido de acuerdo a la proporción expresada en la siguiente tabla:

Mes

Porcentaje sobre el total

ENE

7,00%

FEB

5,00%

MAR

7,00%

ABR

11,00%

MAY

12,00%

JUN

11,00%

JUL

10,00%

AGO

9,00%

SEP

8,00%

OCT

7,00%

NOV

6,00%

DIC

7,00%

¿Bajo qué modalidad  y cuándo se realizan los pagos?

Los pagos serán realizados por el Banco de la Nación Argentina acreditándose a mes vencido en la cuenta bancaria de cada productor, la cual deberá ser informada en la misma Declaración Jurada que se realiza ante la Secretaría de Comercio  para acceder al beneficio.

Los pagos se realizarán de acuerdo al siguiente esquema:

ü  El primer pago, a realizar en el mes de abril, corresponderá al conjunto de los meses de enero, febrero y marzo para todos aquellos que se hayan inscripto hasta el día 5 de ese mes.

ü  Quienes se inscriban entre el 5 y el 15 de abril, cobrarán el beneficio al final de dicho mes.

ü  Posteriormente, los pagos se realizarán en forma mensual, a mes vencido.

ü  Aquellos productores que se inscriban luego del 15 de abril recibirán el mes posterior de la inscripción el monto acumulado desde el mes de enero.

¿ Hasta cuándo puede inscribirse el productor?

El periodo de inscripción finalizará el día 31 de octubre de 2015.

 

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