Prorroga dos meses el pago de las contribuciones patronales que vencían en abril

El beneficio está disponible para las firmas incluidas en el listado de actividades definido por la Jefatura de Gabinete de Ministros en el marco del Programa de Asistencia en la Emergencia para el Trabajo y la Producción

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó por dos meses el pago
de las contribuciones patronales que vencían en abril. La medida alcanza al 56 por
ciento de las empresas argentinas, que emplean a más de 3,5 millones de
trabajadores.

El beneficio está disponible para aquellas firmas incluidas en el listado de actividades
definido por la Jefatura de Gabinete de Ministros en el marco del Programa de
Asistencia en la Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP). El único requisito
para acceder que deberán cumplir quienes se encuentren comprendidos en ese listado
de actividades será el de haberse registrado en el sitio web de la AFIP. Las empresas
podrán inscribirse en el ATP a través del servicio web habilitado por el organismo
entre el 9 y el 15 de abril.

La postergación por dos meses del pago de las contribuciones patronales al Sistema
Integrado Previsional Argentino (SIPA) que vencían en abril será informada de manera
automática a las empresas una vez que se hayan inscripto en el ATP.

Los pagos postergados deberán realizarse en junio de acuerdo al cronograma
dispuesto por el organismo en la Resolución General 4693 que será publicada en el
Boletín Oficial. La medida es complementaria a la reducción o postergación de hasta el
95% del pago de las contribuciones patronales al SIPA previsto en el ATP.
Registración en el ATP.

Entre los días 9 y 15 de abril, ambos inclusive, las empresas podrán acceder el servicio
web habilitado por el organismo para inscribirse en el programa de beneficios y
herramientas creado por el Gobierno nacional. Las medidas tienen como objetivo
amortiguar el impacto económico del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

El organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont dispuso que los empleadores deberán suministrar la información económica relativa a sus actividades que les sea solicitada. Los datos son necesarios para acceder a los distintos beneficios contemplados en el ATP.

Más tiempo para presentar el Formulario 931

Asimismo, la AFIP definió extender tres días el plazo para la presentación de la
declaración jurada de abril correspondiente a la seguridad social (Formulario 931). Las
empresas, tanto las beneficiarias de la postergación como las que no accedan a ese
mecanismo, contarán así hasta el 16 de abril para realizar sus pagos.

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