Mañana 31 de enero vence el plazo para la inscripción en el RUS (Registro de Usuarios de Semillas), en particular por soja y trigo, para la cual los Ingenieros Agrónomos tienen asignado un rol importante, por un lado concientizando y al mismo tiempo corroborando que la semilla que se usa es de origen legal y por el otro actuando como mandatarios de los productores en el llenado de la documentación, recordó el Ing. Daniel Cavallin, presidente del Colegio de Ingenieros Agrónomos de la provincia de Córdoba.
En las normas está contemplada la declaración del Uso Propio.
El no cumplimiento de este requisito puede derivar en multas de hasta $ 100.000 o decomiso de la mercadería.
El profesional y directivo de la institución produjo para Agroverdad un práctico instructivo respecto a la Declaración Jurada que debe realizar el productor y cuyo trámite puede delegar en un Ingeniero Agrónomo Matriculado.
Para soja y trigo
El día 31 de enero vencerá el plazo para la inscripción en el RUS (Registro de Usuarios de Semillas): el productor o empresas agropecuarias deben informar el origen de la semilla de soja(Resolución 187/15) que hayan implantado en la presente campaña 2017/18.
En este caso, de acuerdo a la planilla que se debe completar, hay que declarar el origen de la semilla por Renspa de los inmuebles, lotes, superficie, variedad y cantidad de semilla utilizada.
Para el caso de los productores que en esta campaña produjeron trigo (Resolución 149/16), deben declarar los resultados de cosecha por Renspa y la reserva de las semillas para la próxima campaña.
Asesoramiento y asistencia
Tanto para soja como para trigo la obligación se da para aquellos productores que hayan obtenido un ingreso superior a tres (3) veces la categoría más alta del Monotributo.
Esta es una Declaración Jurada del productor aunque puede (y es muy recomendable) delegar en su Ingeniero Agrónomo Asesor Matriculado el llenado del mismo, quien recomendará las variedades y cantidades de las mismas a guardar o su reposición por otras.
Multas
No hacer la Declaración en el RUS implica que al año siguiente puedan pagar multas que llegan hasta los $ 100.000 e incluso puede llegar hasta el decomiso de la mercadería.
Uso propio
El Uso Propio de la semilla producida (Legalmente adquirida en su origen ya sea semilla original o fiscalizada) es un Derecho que tiene su respaldo en el Artículo 27 de la Ley de Semillas (20247/73). El Convenio UPOV (Unión Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales) de 1978 (comúnmente llamado UPOV 78) al cual nuestro país adhirió a partir de la Ley 24.376/94.
Debemos recordar que la excepción del Agricultor no contempla la comercialización del grano como Semilla, lo cual está expresamente prohibido y es Ilegal (la denominada comúnmente Bolsa Blanca). Solamente puede comercializarse Semilla Fiscalizada para lo cual se debe inscribir como Semillero Multiplicador en INASE.
Los Ingenieros Agrónomos tenemos un rol importante que cumplir en este aspecto, por un lado concientizando y al mismo tiempo corroborando que la semilla que se usa es de origen legal y por el otro actuando como mandatarios en el llenado del RUS.
Ing. Agr. Daniel Cavallin
M.P. 276 CIAPC – La Carlota – Córdoba – 351-6857747