Lo que sucedió en la ciudad de Rosario – prohibición del uso del glifosato mediante Ordenanza Nro. 9798- es un hecho de inusitada gravedad por dos motivos fundamentales, por la astucia para engañar a la opinión pública y por la ingenuidad y desinformación de las fuerzas políticas mayoritarias, que han sido elegidas oportunamente para conducir el Poder Ejecutivo y el Concejo Deliberante de dicha ciudad.-
Como suele ocurrir, determinados sectores usan como banderas temas que generan sensibilidad en la sociedad para ganar espacio público en los medios, sin medir que estos aspectos, tan trascendentes, son abordados sin la seriedad y el aval científico que merecen. Esto no hace otra cosa que buscar principalmente rédito político, y lejos de constituir una solución, pueden transformarse en amenazas y dificultades poniendo en riesgo a la población.-
¿Por qué decimos esto? porque la ley que está vigente en nuestra provincia y su decreto reglamentario prohíben el uso de fitosanitarios para controlar vegetales dentro de los ejidos urbanos. No sólo el glifosato, ningún fitosanitario puede ser utilizado en dicho ámbito, es decir no hace falta que el concejo ni la prensa le den relevancia a esto que ya está legislado y es redundar en el tema. Lo grave es que se usa esta medida para también extenderlo al resto del distrito Rosario, donde hay predios que no son urbanos y se dedican a producciones intensivas o extensivas. Es una verdadera aberración técnica prohibir el glifosato en predios rurales, ya que está aprobado por SENASA su uso.-
Resulta oportuno traer a colación que hubo una revisión de la normativa a nivel nacional donde todos los organismos competentes dictaminaron que el glifosato era seguro para usarse, siguiendo las recomendaciones de uso y las buenas prácticas agrícolas. La revisión también se ha efectuado a nivel mundial no encontrándose evidencia científica alguna de perjuicio para las personas y el ambiente en la medida de que se use correctamente.-
Las entidades del ámbito agropecuario consideramos que en la materia hay que atenerse a las aprobaciones de los organismos específicos (SENASA en Argentina), y que se debe respetar la normativa nacional y provincial vigente, exigir el uso correcto, efectuar un control responsable y aplicar la sanción correspondiente en caso de inobservancia de las pautas. La promulgación de una ordenanza local ampulosa luce inapropiada, pero el problema mayor radica en que una medida de estas características va más allá, generando un perjuicio a los productores sin un sustento técnico adecuado.-
Por favor a quienes tienen responsabilidades ejecutivas y legislativas, desde Confederación de Asociaciones Rurales de Santa Fe (CARSFE), Confederación Intercooperativa Agropecuaria Limitada (CONINAGRO), Federación Agraria Argentina (FAA) y Sociedad Rural Argentina (SRA) les pedimos que sean responsables, que se informen adecuadamente, que convoquen a los organismos públicos y privados idóneos, y que dejen de tomar medidas para la tribuna.