Desde el ejecutivo nacional, buscan reducir al 10,5% la tasa que grava actualmente la producción y comercialización de carnes de cerdo y aviar (21%).
Una preocupación particularmente en las granjas porcinas es la posibilidad que se presenten saldos técnicos a favor de los contribuyentes en forma permanente en este impuesto, por la presencia de alícuotas diferenciales (mayores en las compras que en las ventas).
En este documento se analiza específicamente este tema de los saldos técnicos. Se determina la posición del IVA en dos sistemas intensivos de producción (250 madres y 500 madres) con información provista por actores del mercado (costos, precios) para el período octubre 2016 / setiembre 2017 (12 meses), en la situación tributaria actual y en el escenario hipotético de reducción del IVA al 10,5%.
En el caso de la granja de 250 madres se suponen parámetros bajos de eficiencia (2.563 kilos por madre año), mientras que en la de 500 madres parámetros altos (3.536 kilos por madre año). La idea es contemplar situaciones que probablemente estén en los “extremos” de lo que sería un “promedio” en materia de productividad en estos sistemas productivos (3.000 kilos madre año).
A su vez, se plantean tres casos posibles vinculados a la obtención del alimento, en particular de maíz y harina / expeller de soja, componente crítico en los costos de producción del sector: a) compra de ambos insumos en el mercado; b) producción propia de maíz y compra de expeller de soja en el mercado (IVA 21%); c) producción propia de maíz y acceso al expeller de soja a un IVA reducido (10,5%).
Los resultados obtenidos para el período octubre 16 / setiembre 17 indican que:
Como es de esperar, la baja del IVA a la producción y comercialización de cerdos (10,5%) habría reducido sensiblemente los saldos técnicos, aunque estos habrían seguido siendo positivos en 5 de los 6 “tipos” de granjas analizadas;
Sólo en uno de los casos el cambio tributario habría dejado los saldos técnicos en negativo (a favor del contribuyente), esto habría sucedido en la granja de menor productividad (250 madres, 2.563 kilos madre año) y en la situación donde ésta se provee completamente del alimento vía el mercado (por ende a un costo mayor de IVA);
En el ejercicio realizado se supuso que todas las compras y las ventas se declaran, y a sus precios reales de mercado, un cambio en este supuesto modifica los resultados, por caso, una política de sub-declaración de ventas habría tenido menos espacio para producirse, dado que reduciría aún más los saldos técnicos, con riesgo de hacerlos negativos y que una parte del IVA pagado pase definitivamente a formar parte de los costos;
Si bien es cierto que la sub-declaración de ventas habría tenido a priori menos sentido, también lo es que la posibilidad de un menor recupero de IVA podría haber generado incentivos contrarios a los buscados por el lado de las compras de insumos gravados, induciendo a una mayor sub-declaración de estas operaciones;
El hecho que los saldos técnicos se reduzcan en forma significativa expone al sector a quedar con saldos sin recuperar (quizás durante varios meses) en ciclos de márgenes ajustados o negativos, los que seguramente se presentarán en el futuro, tal como ya sucediera por caso durante el primer semestre del año 2016;
El análisis realizado no incluye el IVA pagado en inversiones y que aún está pendiente de recuperación, salvo aquel vinculado a la genética y los reproductores que sí está considerado. Esto implica que aquellas granjas que tengan todavía IVA por recuperar vinculado a instalaciones, equipamiento, demorarán bajo el esquema de alícuota reducida más tiempo en hacerse de estos recursos, siendo esto claramente un problema en un contexto de inflación, elevado costo financiero y ausencia de ajuste de los adelantos realizados al fisco;
De lo anterior se deriva que, de concretarse la baja de la alícuota del IVA ventas, es indispensable acompañar la medida con un esquema que garantice el recupero del IVA inversiones en un plazo razonable, ya sea mediante créditos fiscales contra otros impuestos, certificados transferibles, devoluciones de fondos y/o cualquier otro mecanismo que logre que los inversores se hagan rápidamente de estos fondos y reduzcan el costo financiero asociado al pago del IVA.
Fuente: IERAL