Cuando el sol se esconde comienzan los mitos “de la noche” y esté término cada vez suena más fuerte en el Concejo. La novela comenzó con Esperanto y el registro de oposición por parte de los vecinos, luego Diego Giuliano propuso eliminar, sin éxito, los espacios exclusivos conocidos como VIP’s, y también la modificación de la Ordenanza 7218, proyecto que tampoco llegó a buen puerto.
Es que diversos empresarios del rubro sostienen que para que la diversión funcione correctamente, “cada uno debe tener su rol”. Esto trae como consecuencia que los bares con amenización musical cometan en más de un caso, la clásica falta de tergiversación de rubro. Según pudo averiguar este medio, solo se atacó a la franquicia porteña frente a este incumplimiento, pero son más de 20 bares los que “se exceden” al momento de subir el volúmes o pemitir el ingreso de más gente que lo permitido.
Activos y no activos
Así se distribuye el mapa de la noche rosarina. La clasificación como “no activo” significa que el local cerró pero no se le dio de baja. Esto pasa con los boliches bailables, donde hay 20 habilitaciones en todo Rosario pero solo funcionan 8. En cambio, hay unos 20 bares con amenización musical dentro del micro y macro centro y en el registro figuran 70.
En toda la ciudad de Rosario, hay unos 200 bares como mínimo y como resto & bar 40 activos. Pocas semanas antes de ser aislado de su cargo, Gregorio Ramírez, informó que le preocupaban las fiestas en los clubes, ya que los considera como lugares “inseguros” y también sostuvo que es imposible controlar tantos lugares con tan pocos inspectores en la calle. Y otra, figura que le hacía ruido eran las fiestas de menores. En Rosario, solo hay habilitado una discoteca para menores de 18 años.
Este último punto no tardo en golpear la puerta del Concejo. La concejala Daniela León tiene en carpeta un proyecto para “la noche de los menores”. Según la Ordenanza vigente, 7218, define como “discotecas” a aquellos locales donde se difunde música con pista y actividad de baile, con acceso libre para personas mayores de 14 años y menores de 18 años. Pueden funcionar con expendio de bebidas y/o anexo de bar, para lo cual deberán adecuarse a normativa vigente para dicha actividad, no pudiéndose bajo ninguna circunstancia comercializar bebidas alcohólicas.
Los horarios en que pueden desarrollar sus actividades son de 20 a 24 y los días viernes, sábados y vísperas de feriados de 20 a 02. Vencido el horario de cierre enunciado, estos locales tendrán una tolerancia máxima de 30 minutos más para cesar toda actividad, debiendo en este lapso de tiempo disminuir la intensidad de la música de manera tal que invite a los concurrentes a retirarse paulatinamente del local. Y esa regla, algunos empresarios, la utilizan como yapa y extienden el horario de la fiesta hasta las 2.30 am. El control se hace difícil ya que los salones de fiestas privados también pueden organizar este tipo de eventos.
El Expediente número 200844 “crea programa diversión segura para adolescentes y jóvenes y modifica artículos de ordenanza 7218”. En su proyecto, la concejal Daniela León propone que cada confitería bailable (así se define los espacios para adultos) podrá solicitar autorización para realizar hasta cuatro eventos mensuales a los cuales accederán personas mayores de 13 años y menores de 18 años, dentro de los horarios permitidos.
La autorización se debe solicitar con una antelación de diez días ante la Dirección de Inspección de Industrias, Comercios y Servicios. Otro detalle es que para realización de eventos para menores en confiterías bailables, estas deberán llevar a cabo un convenio con una empresa radiotaxi habilitada por el municipio. Además, el personal de seguridad deberá contar, como mínimo, con dos mujeres.
Redacción ON24