“Me gustaría explicar los alcances del Decreto 1005/24, firmado por el presidente @JMilei, que desregula el mercado de correos y encomiendas postales, un paso clave para el desarrollo del comercio electrónico. El correo ya no tiene valor estratégico, por lo que desde ahora permitiremos que cualquiera pueda participar del negocio” inicia así el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, un extenso “hilo” en su cuenta de X, explicando la historia del correo en Argentina, con un “final feliz” o nueva etapa a partir del decreto que desregula la actividad.
Según el relato del economista, en el siglo XVIII el correo era una herramienta para integrar una nación. Así, la Constitución de los EEUU establecía como una de las obligaciones del gobierno federal la gestión de los correos. Nuestra constitución se lo delegó al Congreso en su Art. 75. Luego, explica el ministro, “el gobierno de Onganía (que armó el sistema de las castas) emitió la ley 20.216 que establecía el monopolio absoluto del correo oficial. Entre otras barbaridades le permitía no entregar la correspondencia que consideraba que podía contener información impropia, o abrir la correspondencia en caso de sospechar de sus contenidos. Como una suerte de “1984”, a la ley 20.216 no le interesaban los usuarios sino el control del Estado de la información que manejaban sus ciudadanos.
Por suerte llegó la onda desreguladora de los ´90 y @domingocavallo con el decreto 1187/93 suprimió el monopolio y amplió los jugadores del sector. Sin embargo, persistían restricciones al ingreso a la actividad a través de complicados sistemas de registración y habilitación. Como siempre estos sistemas son eminentemente anti pymes y anti innovación. El Decreto 1005/24 elimina estas trabas”.
Finalmente, a partir del 1005/24 no existe más un proceso de habilitación; cualquier persona jurídica que desee manejar correo podrá hacerlo y solo deberá informar que está involucrado en dicha actividad. En mensajería urbana también lo podrán hacer las personas humanas. No se necesitará entregar documentación ni comprobar la tenencia de vehículos u otras instalaciones; se caen todos los trámites de habilitación: el negocio pasa a ser libre.
Se permite la plena digitalización de telegramas y documentos certificados, extendiendo los beneficios de la firma digital remota al negocio postal. Esperamos esto abra un nuevo e interesante negocio.
Cerrando el hilo, el Ministro explica: “La no exigencia de comprobar vehículos en mensajería urbana implica que cualquier actor podrá operar como punto de entrega y repartidor de envíos postales, facilitando el desarrollo del comercio electrónico y generando una fuente de ingresos adicionales para comercios, canillitas, remiseros y operadores de plataformas”