Garret Edwards expuso en comisiones por la Ley Anti Mafias

"Este proyecto por la manera en que se encuentra redactado, sostiene la inclaudicable voluntad estatal de continuar impulsando el sistema acusatorio en el interior del país, sostuvo el Director de investigaciones jurídicas de Fundación Libertad.

El Doctor Garret Edwards, hizo su presentación en la Cámara de Diputados de la Nación, para referirse a la discusión sobre la ley Anti Mafias.

Luego de su presentación personal, y destacar de la ciudad de donde viene, Rosario, donde es manifiesto el grado de inseguridad en que se vive, realizó una demostración de criterio, fundamentos, casos y pruebas contundentes. “Nuestra ciudad es tristemente conocida por ser, la Capital Nacional de la Inseguridad. Necesitamos, entre todos, revertir esto”, manifestó inicialmente.

Destacó trabajar e investigar desde hace años en Fundación Libertad sobre esta temática. Elaborando, por ejemplo, nuestra Encuesta Anual de Victimización del Delito. O trayendo al país como invitados a personas tales como Raymond Kelly y George Kelling, quienes tuvieron roles vitales con su Teoría de las Ventanas Rotas en la Nueva York de fines del siglo pasado.

El Proyecto de Ley Antimafias propuesto por el Gobierno Nacional, y que se encuentra hoy bajo análisis, contiene normas de carácter procesal y de fondo.

A continuación algunos de los párrafos de mayor trascendencia en su alocución.

  • En el art. 12 se consagra la federalización de la investigación de ciertos delitos cometidos por organizaciones delictivas, siendo competente la Justicia Federal. Contamos con el antecedente directo de la Ley Nacional 20.661. Se agregó entonces un nuevo inciso a la Ley Nacional 48, resultando de competencia federal una serie de delitos como la sustracción de personas, o las amenazas coactivas calificadas, entre otros. La finalidad de esta ley, como criterio político criminal, era combatir un modus operandi consistente en que las actividades delictivas las ejecutaban las organizaciones de aquel entonces.
  • Quiero hablarles ahora de la “Zona Sujeta a Investigación Especial”. La finalidad de tal zona radica en concentrar la investigación en una sola unidad fiscal y en un solo juez, para evitar la dispersión tanto de recursos humanos como técnicos, a fin de lograr una coherencia en la línea investigativa, considerando que el accionar de las organizaciones criminales se ejecuta en un ámbito geográficamente extenso. En el sistema actual, cada delito debe ser investigado en la jurisdicción en la cual se comete, por lo que, ante una multiplicidad delictiva, intervienen múltiples fiscales y jueces, tanto de competencia provincial como federal según el lugar donde se cometen los delitos. Consiguientemente, no existe un criterio único de investigación.

Si bien es cierto que surgen algunas dudas prácticas sobre temas competenciales, por ejemplo qué sucedería cuando hubiera dos o más jueces federales que se declarasen competentes, o quién quedaría a cargo de una investigación cuando se tratara de jurisdicciones que ya han adoptado el sistema acusatorio y de aquellas que aún no lo han hecho; lo que sí queda claro es que este Proyecto, por la manera en que se encuentra redactado, sostiene la inclaudicable voluntad estatal de continuar impulsando el sistema acusatorio en todo el país, como se ha hecho recientemente en Rosario y Santa Fe, y como ya viene sucediendo desde antes en Jujuy y en Salta. Debemos continuar por esta línea.

Y continuó:

  • Hemos ya presenciado en estas sesiones informativas algunas voces críticas respecto del objeto de esta norma y de su ámbito de aplicación. Con foco en la palabra “verosímilmente” del art. 1º. Existen para el Derecho Penal lo que se conocen como grados de conocimiento. Arrancando desde la ignorancia, pasando por la sospecha, siguiendo por la verosimilitud y arribando a la probabilidad. La nueva reforma procesal penal en Santa Fe, de reciente aprobación, toma como eje la verosimilitud. Esa es, hoy por hoy, la tendencia.
  • Resta decir algo sobre el art. 10 y la extinción de dominio. El hecho de que ciertos bienes se deterioren con el tiempo, y que insuman altos costos de conservación a cargo del Estado mientras están secuestrados judicialmente, indica con toda lógica que ha de buscarse una solución a esta problemática. Propongo, entonces, que estos bienes deteriorables y de alto costo de mantenimiento puedan ser vendidos, y el producto colocado en un depósito a interés, de modo que con la sentencia final el juez pueda decidir si el dinero se decomisa y transfiere definitivamente al Estado, o si se entrega al titular del bien. Esto minimizaría los costos de las sentencias absolutorias para el Estado, y también para el propietario del bien. La extinción de dominio sigue siendo, no obstante, un pobre remedio para el problema de fondo: la morosidad y lentitud de la Justicia.
  • Argentina no es la primera en proponerse atacar a la delincuencia organizada. Italia ya lo hizo antes. La Ley Antimafia italiana ha tenido un gran éxito en ese país: la mafia ya no comete más “reati di sangue”. Delitos de sangre. Homicidios. Alcanza sólo con googlear “omicidi in Italia per anno” para ver las estadísticas, no habiendo habido más estragos de la mafia desde 1993. Y quiero marcar aquí, respecto a las críticas comparadas sobre la falta de persecución del financiamiento internacional, o de los llamados delitos de guante blanco, que no debe olvidarse que el resto del ordenamiento jurídico argentino sigue vigente: nada de lo propuesto impide que las normas de prevención de lavado de activos sigan rigiendo.
  • El objeto de esta ley es reprimir con mayor pena ciertos delitos comunes a personas que se presume forman parte de una organización criminal, a la vez que se busca penar el hecho de ser miembro de esa asociación ilícita. Al apuntar por estas dos vías, se pretende poner un dique a la delincuencia organizada en nuestro país. El maestro Bruno Leoni explicaba que el problema de los abogados era que se detenían en el ser y en el deber ser de las normas, en lo que las normas decían debía ser y su correspondencia con lo que en la realidad era. Se olvidaban, entonces, de que las normas también podían ser algo que todavía no eran. Bienvenido sea que estemos discutiendo para la Argentina un camino que nos aleje de los errores del pasado. Bienvenida sea esta iniciativa, que seguramente se está viendo enriquecida por los inestimables aportes de los expertos que en estos días hemos estado exponiendo aquí en el Congreso ante ustedes. Muchas gracias por este tiempo.
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