Concejales ponen la lupa sobre el Fondo de Tierras y cursan pedido de informes a la Municipalidad

Entre otros puntos, buscan conocer el estado actual de la cuenta que el Fondo posee en el Banco Municipal

La Comisión de Planeamiento dio despacho este lunes, a instancias de la concejal Fernanda Gigliani (Iniciativa Popular) a un decreto que solicita al Departamento Ejecutivo brindar información sobre el Fondo Municipal de Tierras, que se creara por intermedio de la ordenanza Nº 6.493, en 1997.

Concretamente, los ediles requieren conocer la superficie de tierras que integra el Fondo, según su ubicación (área central, primer anillo, segundo anillo y cordones perimetrales norte, noroeste, oeste y suroeste-sur), así como también el estado actual de la cuenta en el Banco Municipal de Rosario.

Al mismo tiempo, también solicitan conocer el monto y origen de los mismos y la utilización efectiva que se ha hecho de las tierras y de los recursos económicos integrados al Fondo desde su creación.

Además, se consulta si está programada la presentación de proyectos para postular a financiamientos a partir de programas internacionales, nacionales o provinciales que permita incorporar suelo urbano de calidad, a los fines de dar respuesta a la problemática social del hábitat, precisando la fuente de financiamiento y el estado de avance del proyecto.

Entre los considerandos del proyecto de Decreto, se establece que el Fondo tiene entre sus objetivos agilizar la preparación de tierras edificables o reserva de terrenos, de futura utilización, destinando las reservas de tierras a programas de interés social de vivienda y equipamiento colectivo.

Cabe indicar que, de acuerdo con la iniciativa, este Fondo se integra no sólo con bienes físicos, sino también con recursos monetarios provenientes del pago de compensaciones diversas, como ser, mayor edificabilidad, mayor aprovechamiento urbanístico o sustitución de donaciones de espacio público.

En tanto, el Artículo 2° del Decreto encomienda al Poder Ejecutivo Municipal que, en un plazo no mayor a 30 días, constituya el Directorio del Fondo Municipal de Tierra, “tal como lo establece el Art. 7° de la Ordenanza 6.493/1997”, señala el texto, y lo convoque para que considere los recursos existentes y los evalúe en la perspectiva de su utilización “para dar respuesta a diversas modalidades de las demandas relativas al hábitat”, apunta.

REDACCIÓN ON24

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