La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó por 10 días el vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes personales y, de corresponder su pago, para el período fiscal 2015.
El vencimiento comprende a aquellas personas que, al 31 de diciembre de 2015, posean bienes por un monto igual o superior a $ 305.000 y que no tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de diciembre o que teniéndolas consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercado de valores.
TERMINACIÓN CUIT |
FECHA DE PRESENTACIÓN |
FECHA DE PAGO |
0, 1 y 2 |
Hasta el día 21, inclusive |
Hasta el día 22, inclusive |
3, 4 y 5 |
Hasta el día 22, inclusive |
Hasta el día 25, inclusive |
6, 7, 8 y 9 |
Hasta el día 25, inclusive |
Hasta el día 26, inclusive |
¿Quiénes se encuentran obligados a presentar las declaraciones juradas?
- Impuesto a las Ganancias
Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
Los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad (excepto que se hubieran adherido al monotributo incluyendo los ingresos obtenidos por todas sus actividades autónomas).
- Impuesto sobre los Bienes Personales
Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
Si al 31 de diciembre del año anterior poseen bienes que -valuados según la normativa vigente- superen los $305.000
Más información en: www.afip.gob.ar