Con 37 votos a favor y 29 en contra, el Senado de la Nación aprobó modificaciones en el proyecto que reforma la Ley de Alquileres, por lo que ahora la Cámara de Diputados se prepara para debatirla nuevamente.
La Cámara Alta tomó el proyecto que llegaba de la Baja y que estipulaba contratos por 2 años, actualizaciones cada 4 meses y que las partes podían convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices.
Sin embargo, los cambios propuestos incrementan la duración de contratos a 3 años, ajustes cada seis meses y obligación de cotizar los precios en pesos. También el Senado modifica el mecanismo de actualización del precio de los alquileres propiciando que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el INDEC, y la variación del coeficiente de estabilización de referencia, publicado por el BCRA”.
ON24 dialogó con la presidente de COCIR, Gabriela Ortiz de Urbina, quien insistió con contratos por dos años: “Sería ideal. La sociedad tiene mucho dinamismo, y la dinámica misma nos ha dejado un referente de que los dos años era el momento ideal como para que una familia se mude por escuela, por composición misma de la familia”.
“Nosotros vemos que a los 24 o 30 meses ya hay necesidad de una variante (por parte de los inquilinos)”, sentenció.
El otro punto que tiene en vilo a los corredores inmobiliarios es la actualización. Descartada la idea de modificar el precio de la locación cada un año, la propuesta por seis meses es vista con buenos ojos: “Ya en el cuarto mes vemos que el alquiler queda totalmente devaluado, fuera de contexto”.
El proyecto aprobado en Senado además modifica la norma venida en revisión de Diputados al incorporar un último párrafo sobre el artículo nueve estableciendo que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del Monotributo”.
Finalmente, se suma un nuevo artículo, el número doce sobre el Impuesto a las Ganancias: “las partes podrán deducir del Impuesto a las Ganancias la suma equivalente al diez por ciento del monto anual del contrato de locación”.